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Contraer matrimonio con la persona de la que te divorciaste.


Estimado lector, antes de entrar a detalle al respecto de cómo contraer matrimonio de las personas de las que te divorciaste, consideramos importante plantear diversos supuestos o escenarios:

Es posible que los cónyuges se reconcilien a mitad del proceso de divorcio, en ese sentido, bastará con que ambos manifiesten su deseo de continuar con el juicio de divorcio y ratificarlo ante la autoridad judicial, siempre y cuando el juez no haya dictado una sentencia que disuelva el vínculo matrimonial, de lo contrario tendría que comenzar con los trámites administrativos para contraer matrimonio ante el Registro Civil.

En algunas entidades de la República mexicana, como es el caso de Sonora, no es posible contraer matrimonio en el término de dos años a partir de que se emita la sentencia correspondiente por lo que, en caso de reconciliación, los cónyuges no podrán volver a casarse hasta que transcurra dicho plazo.

Para el caso del Distrito Federal, es posible que lo cónyuges puedan reconciliarse siempre y cuando no se haya dictado la sentencia, para el caso que la reconciliación se dé una vez que haya concluido el proceso de divorcio, los cónyuges podrán contraer matrimonio de manera inmediata.

Por último, otro supuesto que tenemos es caso de Querétaro, en ese Estado de la República es posible solicitar el divorcio voluntario (en este divorcio ambas partes están de acuerdo), sin embargo, si los cónyuges se reconcilian a mitad del proceso y posteriormente deciden divorciarse nuevamente, no podrán solicitar el divorcio sino pasado un año de su reconciliación.

En conclusión, es importante que al momento reconciliarse con su cónyuge tomen en consideración las repercusiones legales, pues cada caso y legislación aplicable es diferente.


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