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Libertad de expresión o juicio sin tribunales (Pt. 3)



En los dos últimos artículos que escribí sobre la Libertad de Expresión, analicé grosso modo el marco legal constitucional y la más reciente tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la Malicia Efectiva, en la que prácticamente nuestro más alto tribunal, decidió que para que procedan sanciones civiles, ante difamaciones cometidas hacia una persona, es preciso acreditar que quien cometió la difamación, tenía la “intención” de dañar.


Así mismo, destaqué que es muy difícil probar cuál es la intención de una persona, porque estamos hablando de algo intangible, ya que implica acreditar lo que alguien piensa o quiere, por lo que seguramente, bajo ese criterio, serán muy pocos los casos de difamación en que prosperen acciones indemnizatorias de daño moral.


A este respecto, es preciso que las autoridades se sensibilicen ante las implicaciones que semejantes criterios pueden generar y me refiero concretamente a que si no existen consecuencias ante una difamación, los medios de comunicación, entre los que se encuentran las redes sociales y cualquier plataforma digital, se convierten literalmente en tribunales inquisidores e implacables, si, porque se permite que una persona juzgue a otra persona o a una institución, dizque evidenciando algo que sucedió o algo que dicha persona supuestamente realizó, sin la mayor prudencia, sin estar obligado a corroborar la información que publica, o incluso, puede inventar lo que se le antoje, pudiendo causar con ello serios daños a la persona difamada.


¡Gravísimo!


La humanidad tardó varios siglos en crear normatividad y procesos para que una persona sea juzgada con un mínimo de garantías que permitan que se defienda ante cualquier acusación y ahora en una red social o en cualquier sitio digital, con publicidad gratuita, se puede, sin escrúpulo alguno, decir lo que sea y destrozar el prestigio, el honor y hasta el sustento de una persona, aunque ello implique una falsedad.


Las tecnologías son herramientas muy útiles para trabajar, investigar, crear, para comunicarnos; nos facilitan la vida, sin duda alguna, pero su uso indebido se convierte en un abuso que incluso puede constituir un delito.


Lo peor de todo, es que la legislación en nuestro país se encuentra literalmente en pañales, no existen los mecanismos, ni las herramientas para que una persona que ha sido desacreditada en internet, por ejemplo, pueda solicitar que los sitios y buscadores, eliminen las publicaciones, lo cual facilita este tipo de conductas, que sin duda son antisociales.


Es urgente que el Congreso tome cartas en el asunto y legisle para que los afectados por publicaciones mentirosas y difamatorias, tengan la opción de que dichas publicaciones sean retiradas de las redes sociales y del internet, incluso establecimiento mecanismos simples y expeditos, así como sanciones, tanto para los propietarios de los sitios, como para los buscadores que no atiendan las solicitudes de particulares, que tienen todo el derecho de que sus datos y publicaciones sobre su persona, sean eliminados o las búsquedas sobre sí mismas, no arrojen determinados resultados.


En otro articulo, trataré específicamente el tema del “Derecho al Olvido”…


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