Ante el aumento que se ha registrado en casos de violencia familiar el legislador ha tenido que tomar cartas en el asunto y comenzar a crear nuevos procedimientos que tiendan no ha castigar, si no a erradicar, ¿Cómo?, a través de la implementación de medidas de protección que tengan como finalidad la restauración del orden familiar.
El percusor de esta visión fue la Federación al crear la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en las cuales ha estipulado, que, con la mínima acreditación de una persona generadora de violencia familiar, se le decreten ciertas medidas de protección a la víctima, como lo son:
1. La salida inmediata del agresor del domicilio conyugal, aun cuando sea dueño.
2. La prohibición del agresor de acercarse al domicilio, trabajo o descendientes de la víctima.
3. En caso de haber sido expulsada la victima del domicilio conyugal, se ordena su inmediato reingreso.
4. Elaborar un inventario de bienes de la casa para evitar el ocultamiento y enajenación.
5. Suspensión del régimen de visitas con sus menores hijos.
6. Decretar la posesión exclusiva del domicilio conyugal.
7. Una pensión alimenticia provisional.
Dichas medidas deben ser solicitadas ante los Juicios de lo familiar, en el procedimiento de controversia de lo familiar, o su similar para las entidades federativas, y de las cuales el Juez debe de otorgar de forma Inmediata.
De lo anterior el Legislador del Estado de México, retomo las medidas antes aludidas, y ha creado un procedimiento familiar especial denominado QUEJA DE VIOLENCIA FAMILIAR, juicio que tiene como característica principal, el pertenecer a un Juicio Oral, en donde la victima tiene la oportunidad de expresarse de manera directa ante un Juez, y no de manera escrita y por conducto de terceros. Este Juicio tan especial, tiene como finalidad que el Juez considere cuales son las medidas necesarias para que el núcleo familiar pueda seguir unido, esto es mediante el ordenamiento de tomar terapias tanto en lo individual como familiar, ejercicios o hasta en su caso tomar auxilio de perito en la materia que fuera necesaria, y con e vitar una ruptura en el seno familiar, distinto a lo que es un divorcio.
Con estos nuevos procedimientos encontramos una nueva forma de poder solucionar los problemas familiares, ya que las medidas en un principio son tan fuertes que hacen reaccionar las partes y las orillan a una conciliación, y dejan atrás la única acción que antes tenía, esto es la destrucción de la vida marital.
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